Ventas Telefónicas +56 9 6401 2790     valeska.astorga@bupa.cl

Bupa + Protección Ambulatorio 70

(1) Sólo en red de prestadores y médicos de staff asociados al prestador.
(2) No cubre psicología ni psiquiatría.
(3) Las coberturas son entregadas de manera exclusiva bajo el concepto de urgencia ambulatoria. Si la atención de urgencia deriva en una hospitalización, ninguna de las prestaciones de ese evento serán cubiertas por este seguro. Esta cobertura no incluye insumos ni medicamentos.

MONTO MÁXIMO ANUAL POR ASEGURADO
UF 250

Deducible cobertura ambulatoria: UF 0,5 anual por beneficiario

Los topes y coberturas de cada prestación se detallan en el plan de beneficios.

En caso de prestaciones convenidas entre los prestadores del plan y FONASA, este seguro bonificará como complemento a la cobertura de FONASA.

En caso de prestaciones no convenidas entre los prestadores y FONASA, este seguro actúa sobre el valor convenido entre Bupa Seguros y los respectivos prestadores.

Te llamamos!

    Contáctame
    close slider